Las entidades beneficiarias deberán estar acreditadas y ser competentes para la
ejecución de las correspondientes obras o servicios.

Se podrán solicitar proyectos de continuidad de primera etapa o proyectos
nuevos de segunda etapa. No obstante, las entidades que estén desarrollando un
proyecto concedido en base a la primera etapa, para poder presentar una solicitud
de proyecto nuevo de segunda etapa, será requisito necesario presentar también
solicitud del proyecto de continuidad de primera etapa

+info: http://www.dogv.gva.es/va/resultat-dogv?signatura=2017/11024&L=0