LABORA convoca para el 2019 subvenciones para el desarrollo de la la primera etapa del programa mixto de empleo-formación Escoles d’Ocupació Et Formem, destinado a personas con dificultades de inserción laboral o pertenecientes a colectivos vulnerables, con cargo al Programa Operativo Comunitat Valenciana (POCV), cofinanciado por el Fondo Social Europeo.

El importe global máximo que se ha  destinado a las subvenciones asciende a la cantidad de 4.600.000 € con cargo a la línea presupuestaria S7978000 del capítulo IV del subprograma 322.52, del presupuesto del Servicio Valenciano de Empleo y Formación para el ejercicio 2019.

En el mismo, se desarrollarán especialidades completas, dirigidas a la obtenciónCertificados de Profesionalidad de nivel 1. No obstante, las personas destinatarias de este programa deberán cumplir los siguientes requisitos mínimos:

  •  Ser desempleadas, entendiéndose como tales a las demandantes de empleo no ocupadas, registradas en un servicio público de empleo.
  •  Los establecidos en la normativa de aplicación para formalizar un contrato para la formación y el aprendizaje.
  •  Los previstos en el artículo 20 del Real Decreto 34/2008, de 18 de enero, por el que se regulan los certificados de profesionalidad.

Con carácter general, y siempre que cumplan los requisitos mínimos exigidos, tendrán la consideración de colectivos prioritarios las personas con dificultades de inserción laboral o pertenecientes a colectivos vulnerables:

  •  Personas en situación o riesgo de pobreza, exclusión social o privación material severa.
  •  Mujeres, en especial las víctimas de violencia de género.
  •  Personas que encabezan familias monoparentales.
  •  Personas con diversidad funcional.
  •  Personas que sufren discriminación en el acceso al empleo por alguna situación personal.
  •  Personas mayores de 45 años con baja cualificación.
  •  Personas en paro de larga duración.

Los proyectos Et Formem tendrán una duración de 6 meses y la duración de los contratos de trabajo suscritos con el alumnado/trabajador no podrá exceder a la fecha de finalización de esta etapa de formación en alternancia con el trabajo o la práctica profesional, dirigida al aprendizaje, la cualificación y adquisición de experiencia profesional, a dichos efectos se dedicará a formación para el empleo un mínimo del 25 % de la duración de la etapa.

  • Beneficiarios de la ayuda

Podrán promover los proyectos de ET FORMEM y ser entidades beneficiarias de las subvenciones: 
- Las entidades locales territoriales de la Comunitat Valenciana, sus organismos autónomos y entidades con competencias en materia de promoción de empleo, dependientes o asimiladas a las mismas, cuya titularidad corresponda íntegramente a dichas entidades locales u otros entes públicos dependientes de la Administración de la Comunidad Autónoma.
- Las mancomunidades y otras agrupaciones de entidades con personalidad jurídica propia que cuenten explícitamente entre sus principales fines constitutivos con el fomento del empleo; de acuerdo con lo previsto en el artículo 11.2 de la LGS, las entidades asociadas a la beneficiaria que se comprometan a efectuar la totalidad o parte de las actividades que fundamentan la concesión de la subvención en nombre y por cuenta del primero tendrán igualmente la consideración de personas beneficiarias.
- En el caso de acuerdos/pactos territoriales constituidos al amparo de lo establecido en el artículo 2.1 apartado a y b de la Orden 12/2016, de 29 de julio, de la Conselleria de Economía Sostenible, Sectores Productivos, Comercio y Trabajo, por la que se establecen las bases reguladoras del programa de fomento de los acuerdos territoriales en materia de empleo y desarrollo local en la Comunitat Valenciana, cuando el ámbito de actuación incluya a más de una entidad local, solo podrá presentar solicitud una de las entidades que lo hubieran suscrito que deberá disponer de la acreditación de las especialidades incluidas en el proyecto. Para la admisión de la solicitud se deberán aportar los correspondientes acuerdos del pleno de la corporación y, en su caso, los convenios interadministrativos en el que se regulen expresamente los compromisos asumidos para el desarrollo del proyecto.

  • Cuando presentar las solicitudes de la ayuda:

El plazo de presentación de solicitudes será de 20 días hábiles a contar desde el día siguiente a la publicación de la convocatoria. Por lo tanto, se inicia el dia 17 de febrero y fianliza el 5 de febrero de 2019.

 Para más información podeis consultar el texto íntegro de la convocatoria, así como, visitar la base de datos de ayudas y subvenciones de Divalterra.