El Programa contará con financiación al 50 % del Programa Operativo FEDER de la Comunitat Valenciana 2014-2020, dentro del Eje Prioritario 1 "Potenciar la investigación, el desarrollo tecnológico y la innovación", Objetivo Específico 1.2.1 "Impulso y promoción de actividades de I+D+i lideradas por las empresas, apoyo a la creación de empresas innovadoras y apoyo a la compra pública innovadora”.


Empresas beneficiarias: 

PYME con sede social o establecimiento de producción ubicado en la Comunitat Valenciana en el momento de la presentación de la justificación, que tengan al menos cuatro personas consignadas en el recibo de liquidación de cotizaciones (TC1) correspondiente al segundo mes anterior a la solicitud, siendo computable a estos efectos el personal trabajador cooperativista en el caso de las solicitudes presentadas por cooperativas

 

Requisitos de los proyectos:

  • Los proyectos deberán iniciarse con posterioridad a la fecha de presentación de la solicitud de la ayuda, de manera que la convocatoria de ayudas produzca un efecto incentivador para la ejecución de los proyectos.
  • Los resultados de los proyectos deberán tener impacto tangible en la Comunitat Valenciana.
  • Los proyectos deberán desarrollar conocimiento con el fin de incrementar la competitividad, la diferenciación de los productos o servicios en los mercados y la generación de empleo de calidad.
  • Los costes asociados al proyecto no podrán recibir simultáneamente ayudas en el marco de esta convocatoria y de otras procedentes de ésta u otra administración o ente público.
  • Sólo podrá presentarse un proyecto por empresa solicitante.
  • Presupuesto subvencionable del proyecto mayor de 30.000 euros y menor de 175.000 euros
  • El proyecto significará un nuevo desarrollo para la empresa solicitante y, por tanto no realizado con anterioridad, en todo o en parte, por la empresa ni tampoco por ninguna otra vinculada o contratada para la realización del proyecto

 

Actuaciones apoyables:

 

1) Los proyectos deberán poderse encuadrar en alguna de ls siguientes actuaciones apoyables:

  • Investigación industrial: investigación planificada o estudios críticos cuyo objeto sea la adquisición de nuevos conocimientos y aptitudes que puedan resultar de utilidad para la creación de nuevos productos, procesos o servicios o permitan mejorar considerablemente los ya existentes.
  • Desarrollo experimental: adquisición, combinación, configuración y empleo de conocimientos y técnicas ya existentes, de índole científica, tecnológica, empresarial o de otro tipo, con vistas a la elaboración de planes y estructuras o diseños de productos, procesos o servicios nuevos, modificados o mejorados. 

2) Los proyectos deberán estar situados en niveles TRL (Technology Readiness Levels) entre 1 a 7, ambos incluidos. La descripción de TRLs será la utilizada por la Comisión Europea, que aparece detallada en la Resolución de convocatoria.
 

Tipo de ayuda:

 

Subvención a fondo perdido calculada en porcentaje sobre los costes subvencionables con intensidad variable en función del tamaño de empresa:
    • Pequeña empresa: hasta el 40%
    • Mediana empresa: hasta el 30%
Las intensidades anteriores podrán aumentarse con un 5 % de los costes subvencionables si se cumple alguno de los siguientes requisitos:

a) Contratación de personal altamente cualificado (ver condiciones en Resolucion de convocatoria) con participación activa en el desarrollo del proyecto y sin vinculación contractual de carácter laboral durante los seis meses previos a la formalización del contrato. La contratación deberá producirse durante la ejecución del proyecto y por un periodo mínimo de doce meses.
b) Contratación de Organismos de Investigación que supere 20.000 €

La intensidad máxima de la ayuda calculada en función de los costes subvencionables no podrá superar las intensidades máximas permitidas por los artículos 25 y 28 del Reglamento (UE) nº 651/2014 para las ayudas de I+D, incluidas las primas y en ningún caso podrá superar el 35% ó el 45% de intensidad máxima, según se trate de una mediana o pequeña empresa, respectivamente.

 

 

Costes subvencionables:

 

1. Servicios externos

  • Coste de contratos de investigación y desarrollo con organismos de investigación.
  • Servicios de asistencia técnica, consultoría y equivalentes destinados de manera exclusiva a la actividad de investigación y desarrollo subvencionada.
  • Registro de derechos de propiedad industrial derivados de la ejecución del proyecto. 

2. Adquisición de patentes y licencias

Costes de conocimientos técnicos y patentes adquiridos u obtenidos por licencia de fuentes externas a precio de mercado, siempre y cuando la operación se haya realizado en condiciones de plena competencia.

3. Personal propio

Gastos del personal investigador, del personal técnico y del personal auxiliar (salario bruto, y coste de la Seguridad Social a cargo de la empresa) empleados en centros de trabajo de la Comunitat Valenciana durante el tiempo en que estén dedicados al proyecto de investigación y desarrollo.
Se limita el coste horario subvencionable a 40 euros/hora como máximo.

4. Materiales

Costes de materias primas y otros aprovisionamientos de naturaleza consumible que se deriven directamente de la actividad de investigación y desarrollo

5. Gastos de amortización de instrumental y equipamiento

  • Gastos de amortización del instrumental y equipamiento de plantas piloto ya existentes cuyo uso resulte necesario para el desarrollo del proyecto.
  • También, cuando el proyecto suponga el desarrollo de prototipos o plantas piloto experimentales de demostración, el coste de amortización del instrumental y el equipamiento que se integre en el desarrollo previsto.

 

 

Criterios de valoración:

 

Un proyecto solo podrá ser apoyado cuando la puntuación obtenida en la evaluación sea superior a 50 puntos y siempre que se superen los umbrales indicados en cada uno de los apartados del  siguiente baremo.
Serán criterios de evaluación:

1. Calidad del proyecto. Máximo: 35 puntos. Umbral mínimo: 17 puntos

  • Grado de avance: 0-20. Se valorará el salto en el conocimiento científico-tecnológico o aplicación del mismo respecto al estado del arte actual, así como su novedad si el proyecto no muestra novedad o salto tecnológico no será considerado como de I+D y, por tanto, será denegado.
  • Metodología y plan de trabajo: 0-5. Se valorará la calidad del plan de trabajo y de la metodología prevista para su desarrollo.
  • Presupuesto del proyecto: 0-5. Se valorará la adecuación del presupuesto del proyecto a los objetivos previstos y a los medios requeridos para su correcta ejecución.

2. Viabilidad técnica. Máximo: 30 puntos. Umbral mínimo: 15 puntos

  • Capacidad y experiencia del equipo de trabajo de la empresa que participa en el proyecto: 0-15. Se valorará que las personas que participan en el proyecto dispongan de titulación adecuada con experiencia consolidada en I+D.
  • Adecuación de recursos implicados en la ejecución del proyecto: 0-15. Se valorará que el conjunto de recursos internos y externos dedicados al proyecto sean adecuados para llevarlo a cabo. Cuando no exista en la propia empresa capacidad suficiente para acometer las tareas de I+D se valorará la contratación con Centros de Investigación o servicios externos cualificados.

3. Resultados/impacto esperable del proyecto. Máximo: 30 puntos - Umbral mínimo: 10 puntos

  • Impacto económico, social y medioambiental de los resultados del proyecto: 0-15. Se valorarán resultados en la triple dimensión  de la responsabilidad social empresarial: previsiones de internacionalización, incremento de las ventas, mejora de la competitividad y creación de empleo; orientación hacia la salud y mejora de la calidad de vida, colectivos desfavorecidos; alineación con las prioridades temáticas Climate KIC.
  • Proyectos que se encuadren  en las medidas de RIS3 CV. 0-5  de calidad de vida, desarrollo de productos y entornos  personalizados, procesos de fabricación avanzados y nuevos sistemas  industriales o  sostenibilidad
  • Proyectos cuyos resultados sean prototipos cercanos al mercado comprendidos entre los  niveles TRL  5 y  TRL 7.  0-5.
  • Proyectos cuyo desarrollo se efectúe a partir de patentes existentes en la empresa o tengan como resultado una nueva patente.  0-5.

4. Características del solicitante. Máximo 10 puntos

  • La empresa solicitante cuenta con un plan de Igualdad de Oportunidades  aún cuando no le sea exigible por normativa. 0-4
  • La actividad principal de la empresa solicitante está alineada con las prioridades temáticas de la Comunidad para el Conocimiento y la Innovación del Clima, Climate KIC (Knowledge and Innovation Community of the European Institute of Innovation  and Technology for the Climate, disponible en <http://www.climate-kic.org/>), valorando los proyectos empresariales con impacto favorable en simbiosis industrial, control de gases de efecto invernadero, sistemas de transporte eficientes, técnicas de construcción conducentes a la reducción de emisiones, gestión del agua, bioeconomía. 0-3
  • Porcentaje de personas con diversidad funcional, sobre el total de la plantilla, por encima del mínimo legal  exigible. 0-3

 

Lugar de presentación de solicitudes: (IVACE)