Se trata de subvenciones para proyectos de inversión para la finalización de suelos y/o polígonos industriales de titularidad municipal, en los que no hayan finalizado las obras previstas para su transformación en polígono industrial.
 

Entidades beneficiarias:

Entidades locales y los ayuntamientos de la Comunitat Valenciana.

 

Requisitos de los proyectos:

Las ayudas podrán ser para proyectos y/o actuaciones de carácter anual (ejecutables en el ejercicio 2018), o de carácter plurianual (ejecutables en el 2018 y el 2019); en este último caso se podrá solicitar la ayuda, siempre que al menos el 30 % del presupuesto subvencionable del proyecto y/o actuación se realice en el año 2018.

• Presupuesto subvencionable del proyecto deberá ser igual o superior a 50.000 €.

• Los proyectos no podrán haberse iniciado antes de la presentación de la solicitud de ayuda y su finalización no podrá exceder del día 31 de diciembre de 2018 o 31 de diciembre de 2019 para los proyecto plurianuales.

• Cada ayuntamiento podrá presentar una única solicitud de finalización por polígono que tenga en su municipio (por ej. si tiene 3 polígonos por finalizar, debe presentar 3 solicitudes).
 

Actuaciones apoyables:

Las actuaciones apoyables podrán ser las siguientes:

Los proyectos deberán consistir en la realización de las obras para obtener la condición de solar, de acuerdo con el artículo 177 de la Ley 5/2014, de 25 de julio, de Ordenación del Territorio, Urbanismo y Paisaje, y que permitan convertir suelos ordenados como industriales, urbanos o urbanizables, en polígonos industriales:

a) Acceso rodado por vía pavimentada, debiendo estar abiertas al uso público, en condiciones adecuadas, todas las vías a las que den frente.

b) Suministro de agua potable y energía eléctrica, con los caudales y la potencia suficientes para la edificación prevista.

c) Evacuación de aguas residuales a la red de alcantarillado conectada con estación depuradora de aguas residuales.

d) Acceso peatonal, encintado de aceras y alumbrado público en, al menos, una de las vías a que dé frente la parcela.

El proyecto podrá contener una o varias de las anteriores actuaciones apoyables.


Tipo de ayuda:

La ayuda consistirá en una subvención de hasta el 100 % de los costes considerados como subvencionables.

El límite máximo de ayuda será de 200.000 € por polígono.
 

 

Costes subvencionables:

Se consideran subvencionables los costes de inversión en activos materiales e inmateriales vinculados al proyecto presentado al IVACE que se indican a continuación:

a) Coste de ejecución de las obras y/o instalaciones.

b) Coste de los bienes y equipos.

c) Coste de redacción de proyectos de obra y/o instalación, de estudios de seguridad y salud y de dirección de obra, siempre que se contraten externamente.

En ningún caso se considerarán gastos subvencionables los impuestos indirectos cuando sean susceptibles de recuperación o compensación.

 

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<<< Convocatoria DOGV >>>

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