Se establecen cuatro categorías:
La gestión de los premios contemplados en la presente convocatoria se sujetará a los principios de publicidad, concurrencia, transparencia, objetividad, igualdad y no discriminación, así como la eficacia en el cumplimiento de objetivos y eficiencia en la asignación y utilización de los recursos públicos.
Participantes:
Podrán participar en esta categoría jóvenes hasta 25 años que presenten una idea original de negocio plasmada en un plan de empresa, que no haya sido premiada con anterioridad. Se establece un rango de edades de 18 a 25 años que deben cumplir quienes formen parte del proyecto presentado, ya sea individual o colectivo.
Podrán participar en esta categoría proyectos empresariales impulsados por mujeres que individualmente o en grupo se hayan constituido como empresa a partir del 1 de enero de 2016 y hasta la fecha de presentación de su candidatura a estos premios.
Podrán participar en esta categoría proyectos empresariales que individualmente o en grupo se hayan constituido como empresa a partir del 1 de enero de 2016 y hasta la fecha de presentación de su candidatura a estos premios.
Podrán participar en esta categoría aquellas empresas constituidas a partir del 1 de enero de 2011 y hasta el 31 de diciembre de 2015.
Requisitos generales:
Con carácter general, y a efectos de la concesión de los premios regulados en esta convocatoria, los posibles beneficiarios/as deben reunir los siguientes requisitos:
Requisitos específicos Categoría “Proyecto Joven”
Requisitos específicos por categoría “Mujer Emprendedora”
Requisitos específicos por categoría “Proyecto Empresarial”
Requisitos específicos Categoría “Gestión Empresarial”
Plazo de presentación y solicitudes
El plazo de presentación de solicitudes de estos premios será de 20 días naturales, a contar desde el día siguiente a la publicación del extracto de la convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia (BOP).
Las solicitudes se facilitarán en la página web valencia.es y valenciactiva.es. Deberán dirigirse al Servicio de Empleo y Emprendimiento y se presentarán en los diferentes Registros de Entrada del Ayuntamiento de Valencia, sin perjuicio de poder presentarlas en los demás lugares previstos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. Asimismo, podrá realizarse la presentación telemática de las mismas a través la página web del Ayuntamiento de Valencia www.valencia.es. Para ello, la persona solicitante deberá disponer de firma electrónica avanzada con un certificado reconocido para la ciudadanía -personas físicas- admitido por la sede electrónica del Ayuntamiento de Valencia. En todo caso, estarán obligadas a relacionarse a través de medios electrónicos con las Administraciones Públicas para la realización de cualquier trámite de un procedimiento administrativo las personas jurídicas y el resto de las enumeradas en el artículo 14.2 de la Ley 39/2015 del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Para proyectos colectivos se deberá adjuntar una solicitud firmada manuscritamente por todas las personas físicas participantes en el proyecto. Cada proyecto/empresa puede presentar su candidatura para optar a las diversas categorías convocadas, siempre y cuando cumplan los requisitos establecidos en la presente convocatoria, pero no podrá ser ganadora de más de un premio.
Documentación:
Financiación y premios
La cuantía máxima destinada a atender estos premios asciende a un total de 20.000 €, cuya financiación se efectuará con cargo a la Aplicación Presupuestaria IF650 24100 48100, del Presupuesto del ejercicio 2018, consignada a tal efecto.
Se establecen un primer premio de 3.000 € y un segundo premio de 2.000 € para cada categoría. Asimismo, la Comisión podrá designar un máximo de dos proyectos/empresas finalistas, en caso de que considere que merezcan una especial distinción. A juicio de la Comisión, los premios o alguno de ellos pueden ser declarados desierto.
Estas dotaciones están sujetas a retenciones fiscales, conforme a la legislación vigente.
Los/las proyectos/empresas galardonados/as, así como finalistas, podrán hacer publicidad de dicha condición en membretes, anuncios y memorias, especificando el año en que fueron premiadas, así como publicar o difundir la concesión del premio en cualquier medio de comunicación.
El Ayuntamiento de València podrá hacer difusión y publicidad de las empresas y proyectos ganadores.
Para más información sobre los trámites y requisitos, clicar aquí.