El Ministerio de Industria, Comercio y Turismo ha publicado Resolucion de 8 de agosto de 2019 de la Fundación EOI (enlace directo al programa) por la que se hace publica la convocatoria de  estas ayudas que tienen por objeto el impulso de la transformación digital de la industria española a través de las empresas industriales.

¿En que consisten estas ayudas?

Las ayudas consisten en la recepción de un asesoramiento especializado e individualizado que incluirá un diagnóstico de la situación de partida de la empresa beneficiaria y la elaboración de un plan de transformación digital.

El asesoramiento se prestará a través de reuniones individualizadas con las empresas beneficiarias y la realización de talleres temáticos y demostrativos de apoyo al asesoramiento, con un mínimo de 50 horas de asesoramiento individualizado. Dicho asesoramiento tendrá la condición de ayudas en especie.

La empresa beneficiaria recibirá dentro del asesoramiento especializado los siguientes servicios:

  • Diagnóstico previo de la situación digital de partida de la empresa y un análisis interno de la organización y del negocio.
  • Plan de Transformación que incluirá la definición de las actuaciones del Plan, la cuantificación y priorización de oportunidades de digitalización y un benchmarking de habilitadores.
  • Visitas necesarias a las instalaciones de la industria beneficiaria.
  • Talleres demostrativos de contenido práctico, que acerquen las soluciones digitales a las empresas industriales beneficiarias del asesoramiento.

Todo ello de conformidad a las Bases reguladoras. Orden EIC/743/2017, de 28 de julio, por la que se establecen las bases reguladoras de la concesión de ayudas dirigidas a impulsar la transformación digital de la industria española en el marco del Proyecto Industria Conectada 4.0 (BOE núm. 183, 2.08.2019)

Beneficiarios.

Podrán tener la condición de empresas beneficiarias, las empresas que tengan su domicilio social o un centro de trabajo en la Comunidad Valenciana, cualquiera que sea su forma jurídica (ya sean personas físicas o jurídicas, asociaciones, entidades sin ánimo de lucro, etc. ) que, en su condición de tales, desarrollan o van a desarrollar una actividad industrial productiva si su objeto social se refiere a actividades encuadradas en la Sección C - Divisiones 10 a 32 de la Clasificación Nacional de Actividades Económicas (CNAE 2009), aprobada por Real Decreto 475/2007, de 13 de abril.

Presupuesto

El gasto total para esta convocatoria será de 208.050,00 euros y se realizará con cargo al presupuesto de gastos del Convenio de colaboración suscrito entre la Fundación EOI y el Instituto Valenciano de Competitividad (en adelante IVACE), concretamente se cofinancia:

  • 103.950,00 euros por el IVACE.
  • 104.100,00  euros por la Fundación EOI con cargo a la Secretaría General de Industria y de la Pequeña y Mediana Empresa del Ministerio de Industria, Comercio y Turismo.

El precio del servicio objeto de ayuda es de 10.400,00 euros por empresa industrial beneficiaria, impuestos incluidos.

La Fundación EOI concederá una subvención bajo la modalidad de ayuda en especie con una cuantía máxima individualizada de 6.935,00 euros por empresa industrial beneficiaria, que complete el proceso de asesoramiento.

La empresa beneficiaria contribuirá al servicio abonando 3.465,00 euros. Para que se proceda a la realización del asesoramiento, se requerirá a la empresa beneficiaria que haya efectuado previamente a la Fundación EOI un pago a cuenta del 20% del importe del total de la cuantía que le corresponda aportar por el asesoramiento a dicha empresa beneficiaria, una vez efectuada la visita preliminar a la misma. Dicho pago a cuenta será deducido del importe total a abonar a la Fundación EOI a la finalización del asesoramiento.

La empresa beneficiaria abonará el resto del importe que le corresponde, mediante transferencia bancaria a la cuenta indicada por la Fundación en la convocatoria, en el plazo máximo de 30 días naturales desde la emisión de la factura. Dicha emisión se realizará a la finalización del asesoramiento.

¿Cuándo pueden solicitarse las ayudas?

El plazo de presentación de solicitudes será desde el siguiente al de la publicación de este extracto en el BOE (14.08.2019) hasta el 16.09.2019, inclusive.

Para más información podéis consultar el texto íntegro de la convocatoria así como la base de datos de ayudas y subvenciones de Divalterra.