La finalidad de estas subvenciones es asistir a los municipios, en su obligación de implementar transversalmente el principio de igualdad entre mujeres y hombres, tanto en el ámbito de su organización y funcionamiento interno, como llevando a cabo acciones
externas dirigidas a su población (de prevención, sensibilización, promoción, normativas, etc.), siempre dentro de su ámbito competencial.

Para ello, los ayuntamientos solicitantes podrán elegir una de las dos siguientes modalidades de subvención, y dentro de cada una de ellas, sólo una de las dos opciones que aparecen:

MODALIDAD I: CONTRATACIÓN PARA PLANES DE IGUALDAD.

MODALIDAD II: IMPLANTACIÓN Y ACTIVIDADES.

- Opción A: La financiación de la implantación del Plan de Igualdad ya existente.
- Opción B: La subvención para llevar a cabo proyectos en contra de la violencia de género. Esta modalidad se puede convertir en la realización de un Plan contra la Violencia de Género, propio o en asociación con otra entidad local.
 

Beneficiarios

Podrán solicitar estas actividades todos los ayuntamientos de hasta 30.000 habitantes de la provincia de Valencia que reúnan los requisitos establecidos en la convocatoria.
 

Financiación e importe de las actividades

El importe de las subvenciones que se concedan al amparo de la presente convocatoria asciende a 350.000,00 euros, y se harán efectivas a cargo a la aplicación presupuestaria 622.327.00.462.00, del Presupuesto de Gastos de la Diputación de Valencia de 2018 y al crédito aprobado a tal fin por la Corporación.

MODALIDAD I: CONTRATACIÓN PARA PLANES DE IGUALDAD.

La ayuda será de hasta el 40% del coste de elaboración de un Plan de Igualdad para aquellos presupuestos presentados que sean mayores o iguales a 5.000 euros, y será del 60% para aquellos presupuestos menores a 5.000 euros.

MODALIDAD II: IMPLANTACIÓN Y ACTIVIDADES.

- Opción A: Se subvencionará el 100% del presupuesto, siendo hasta 5.000 euros la cantidad máxima otorgada.
- Opción B: Se subvencionará el 100% del presupuesto, siendo hasta 5.000 euros la cantidad máxima otorgada.
En todas las opciones, el posible coste restante quedará a cargo la entidad adjudicataria.

 

Toda la información está disponible en: BOP.es