El objeto de esta ayuda es la concesión de las subvenciones, durante el ejercicio 2018, destinadas a programas y proyectos educativos y de formación y divulgación para estrategias de dinamización agroecológicas en el ámbito de la Comunitat Valenciana, en su modalidad A y modalidad B.


Los objetivos específicos a los que habrán de adecuarse los proyectos y programas de la modalidad A son:

  • - Proyecto que promuevan los procesos educativos y actividades pedagógicas para trabajar los objetivos de un consumo ecológico y responsable, en y desde las instituciones y centros educativos, públicos o sostenidos con fondos públicos,
  • - Proyecto que promuevan en el alumnado y en el conjunto de la comunidad educativa conocimientos, valores y actitudes capaces de generar una cultura del consumo ecológico y responsable comprometida con la lucha contra el cambio climático,
  • - Proyecto que promuevan la transición hacia un nuevo modelo agroalimentario incluyente, equitativo y sostenible.


Los objetivos específicos a los que habrán de adecuarse los proyectos y programas de la modalidad B son:

  • - Intervenciones orientadas a la sensibilización de la sociedad en su conjunto, o determinados sectores de la misma en particular, que promuevan y aumenten la concienciación y el compromiso ciudadano solidario con la consecución del consumo ecológico y responsable comprometido con la lucha contra el cambio climático, así como con la transición hacia un nuevo modelo agroalimentario incluyente, equitativo y sostenible.
     

Interesados/Solicitantes

1. Podrán solicitar las subvenciones objeto de regulación, aquellas Entidades Asociativas Agrarias, Asociaciones, Fundaciones y empresas del sector agroalimentario que cumplan y acrediten los requisitos para obtener la condición de beneficiario según lo establecido en la base segunda y tercera de la de la Orden 32/2017, de 29 de diciembre.
2. No podrán ser beneficiarias las Entidades Asociativas Agrarias, Asociaciones, Fundaciones y empresas del sector agroalimentario que incurran en alguna de las prohibiciones establecidas en los apartados 2 y 3 del artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones.

Solo se podrá presentar una única solicitud por la entidad solicitante, que en todo caso habrá de encuadrarse dentro del objeto específico que en cada caso determine la convocatoria respectiva.


Requisitos

a) Estar legalmente constituidas.
b) Disponer de una sede central o delegación permanente en la Comunitat Valenciana.
A estos efectos, se entenderá por delegación permanente la presencia física, con domicilio social en el territorio de la Comunitat Valenciana, acreditada documentalmente. 
En este caso, la delegación permanente asumirá la gestión del programa o proyecto financiados por la Generalitat, y se comprometerá a llevar la gestión económico-administrativa y la dirección del programa y proyecto en su oficina de la Comunitat Valenciana.
c) Estar al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias y de la Seguridad Social en la forma establecida reglamentariamente.
d) No estar sometido a las prohibiciones previstas en el artículo 13 de la Ley 38/2003 General de Subvenciones, que determina la prohibición para obtener la condición de beneficiario de subvenciones.
e) En caso de haber sido beneficiario de ayudas sujetas al régimen de minimis, que el importe total de ayuda minimi acogida no supere el importe máximo total de 200.000 euros durante un período de tres ejercicios fiscales, ni individualmente ni como resultado de acumulación con otras ayudas de minimis concedidas al mismo beneficiario, conforme establece el Reglamento (UE) número 1407/2013 de la Comisión de 18 de diciembre de 2013 relativo a la aplicación de los artículos 107 y 108 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea a las ayudas de minimis (DOUE L352, 24.12.2013).
Para la acreditación de los requisitos para obtener la condición de beneficiario se estará a lo dispuesto en la base tercera de la Orden 32/2017, de 29 de diciembre.


Cuantía de la ayuda/Procedimiento de cobro

Para la modalidad A:
1. Para la modalidad A, se destina un porcentaje del 70 por 100 de los fondos previstos para la convocatoria.
2. El importe máximo de la subvención para cada proyecto de la modalidad A, no podrá ser superior a 60.000 euros.
3. En el supuesto que una vez valoradas y adjudicadas las subvenciones no se agotara la cuantía disponible en alguna de las modalidades, se podrá incrementar el remanente en la restante.
Para la modalidad B:
1. Para la modalidad B, se destina un porcentaje del 30 por 100 de los fondos previstos para la convocatoria.
2. El importe máximo de la subvención para cada proyecto de la modalidad B, no podrá ser superior a 25.000 euros. 
2. En el supuesto que una vez valoradas y adjudicadas las subvenciones no se agotara la cuantía disponible en alguna de las modalidades, se podrá incrementar el remanente en la restante.
Gastos subvencionales
- Dentro de los programas y proyectos educativos y de formación y divulgación para estrategias de dinamización agroecológicas en el ámbito de la Comunitat Valenciana serán subvencionables los gastos establecidos en la base decimoséptima de la Orden 32/2017, de 29 de diciembre.


Impresos asociados

[MODALIDAD A] SOLICITUD DE AYUDAS. SUBVENCIONES DESTINADAS A PROGRAMAS Y PROYECTOS EDUCATIVOS Y DE FORMACIÓN Y DIVULGACIÓN PARA ESTRATEGIAS DE DINAMIZACIÓN AGROECOLÓGICAS EN EL ÁMBITO DE LA COMUNITAT VALENCIANA. MODALIDAD A

[MODALIDAD B] SOLICITUD DE AYUDAS. SUBVENCIONES DESTINADAS A PROGRAMAS Y PROYECTOS EDUCATIVOS Y DE FORMACIÓN Y DIVULGACIÓN PARA ESTRATEGIAS DE DINAMIZACIÓN AGROECOLÓGICAS EN EL ÁMBITO DE LA COMUNITAT VALENCIANA. MODALIDAD B

[MODALIDAD A] SOLICITUD DE PAGO. SUBVENCIONES DESTINADAS A PROGRAMAS Y PROYECTOS EDUCATIVOS Y DE FORMACIÓN Y DIVULGACIÓN PARA ESTRATEGIAS DE DINAMIZACIÓN AGROECOLÓGICAS EN EL ÁMBITO DE LA. MODALIDAD A.

[MODALIDAD B] SOLICITUD DE PAGO. SUBVENCIONES DESTINADAS A PROGRAMAS Y PROYECTOS EDUCATIVOS Y DE FORMACIÓN Y DIVULGACIÓN PARA ESTRATEGIAS DE DINAMIZACIÓN AGROECOLÓGICAS EN EL ÁMBITO DE LA COMUNITAT VALENCIANA. MODALIDAD B.

MODELO DE DOMICILIACIÓN BANCARIA


Lista de normativa

Ver Ley 38/2003, de 17 de noviembre.

Ley 1/2015, de 6 de febrero.

Ley 39/2015, de 1 octubre.

Ver Resolución de 29 de marzo de 2018 (Modalidad A).

Ver Resolución de 29 de marzo de 2018 (Modalidad B).

 

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