Objeto del trámite

La concesión de subvenciones para la contratación de las personas jóvenes, que figuren inscritas en el fichero del Sistema Nacional de Garantía Juvenil en el ámbito territorial de la Comunitat Valenciana.

 

¿Quién puede iniciarlo?

Podrán ser beneficiarios de estas ayudas los Ayuntamientos, las Mancomunidades y las Diputaciones de la Comunitat Valenciana, así como sus organismos autónomos.


Cuantía de la ayuda/Procedimiento de cobro

REQUISITOS PARA LA DISTRIBUCIÓN DE LA DOTACIÓN:
La concesión de estas subvenciones se tramitará en régimen de concurrencia competitiva.
Se propondrá la distribución de la dotación presupuestaria desglosando por tipo de entidad local (ayuntamientos, mancomunidades y diputaciones) de acuerdo con los siguientes criterios:
a) Se propondrá para todos los solicitantes el importe del baremo estándard de costes unitarios que corresponda a la contratación priorizada por el solicitante en el formulario anexo a la solicitud.
b) en el caso de que la dotación no se hubiera agotado tras proceder según lo dispuesto en el párrafo anterior, el sobrante se distribuirá hasta agotar el crédito disponible en proporción al paro registrado de jóvenes menores de 30 años del correspondiente ámbito territorial.
c) Si la dotación resultara insuficiente para proceder según lo establecido en el apartado a), se priorizarán los solicitantes según el mayor paro registrado de jóvenes menores de 30 años. Se tendrán en cuenta las estadísticas de paro registrado correspondientes al mes anterior al de la fecha de la resolución de convocatoria.
En ningún caso el importe asignado podrá superar la cuantía de la ayuda solicitada.

 

¿Cuándo solicitarlo?

El plazo para la presentación de solicitudes será de 15 días hábiles a contar desde el día siguiente a la publicación del extracto de la convocatoria en el DOGV.(DOGV nº 8244, de 28/02/2018)

 

¿Qué documentación se debe presentar?

La solicitud general deberá ir acompañada, con carácter general, de la siguiente documentación:

a) Formulario anexo a la solicitud.
b) Datos de domiciliación bancaria, según modelo normalizado. En el caso de que no hubiera variado respecto de la última solicitud presentada ante el SERVEF por la entidad solicitante, se deberá identificar la correspondiente versión.
c) Declaración responsable de no estar incurso en las prohibiciones para obtener la condición de beneficiario ni para ser receptor del pago a que hace referencia los apartados 2 y 3 del artículo 13 y el apartado 5 del artículo 34 de la Ley 38/2003, según modelo normalizado.
d) Certificado del secretario o interventor de la corporación local u órgano correspondiente de las entidades dependientes o vinculadas a esta donde conste que la entidad dispone de asignación presupuestaria suficiente para hacerse cargo de las partidas presupuestarias no subvencionadas por el SERVEF.

Impresos asociados

CERTIFICADO DEL SECRETARIO/A / INTERVENTOR/A EN EL QUE CONSTE LA DISPOSICIÓN DE FINANCIACIÓN

CONTRATACIÓN DE JOVENES CUALIFICADOS INSCRITOS EN EL SISTEMA DE GARANTÍA JUVENIL

MODELO DE DOMICILIACIÓN BANCARIA

DECLARACIÓN RESPONSABLE DE NO ENCONTRARSE EN NINGUNO DE LOS SUPUESTOS DE LOS ARTÍCULOS 13.2, 13.3 Y 34.5 DE LA LEY 38/2003 GENERAL DE SUBVENCIONES

 

¿Cómo se tramita?

Pasos
- Presentación de la solicitud y documentación 

- Tras la evaluación y examen de las solicitudes, la Comisión de Valoración emitirá acta que determinará el importe de la ayuda que individualmente se ha asignado a cada entidad en función de la dotación presupuestaria prevista.

- La competencia para conocer y resolver sobre las solicitudes formuladas corresponde al Director General de Empleo y Formación por delegación del Director General del SERVEF. 

- El plazo para resolver y notificar la resolución procedente será de seis meses contados a partir del día siguiente al del registro telemático de la solicitud. 

- Transcurrido el plazo anterior sin que se haya dictado y notificado resolución expresa, se entenderá desestimada la solicitud por silencio administrativo.

 

¿Cómo se tramita telemáticamente?

Tramitar con certificado electrónico: 

 

Tramitación

Podrá realizarse la presentación telemática de las solicitudes a través de la sede electrónica de la Generalitat (https://sede.gva.es). 

Para ello se deberá disponer de firma electrónica avanzada, bien con el certificado reconocido de entidad (personas jurídicas) o bien con el certificado reconocido de ciudadanos (persona física).

 

Información complementaria

REQUISITOS PARA LA CONTRATACIÓN DE LOS JÓVENES 
Los destinatarios finales de estas subvenciones son las personas jóvenes mayores de 16 años que, contando con una cualificación profesional reconocida por el sistema de formación profesional para el empleo o del sistema educativo, figuren inscritas en el fichero del Sistema Nacional de Garantía Juvenil en el ámbito territorial de la Comunitat Valenciana y tengan la condición de beneficiarias del Sistema Nacional de Garantía Juvenil.
Se entenderá que la persona joven cuenta con una cualificación profesional en los términos establecidos en el apartado anterior cuando se encuentre en posesión de alguna de las siguientes titulaciones:
a) Licenciado o Diplomado Universitario, Ingeniero o Ingeniero técnico, Arquitecto o Arquitecto técnico.
b) Grado universitario.
c) Estudios de Postgrado universitario.
d) Doctorado
e) Técnico o Técnico Superior de Formación Profesional Reglada, de la formación profesional especifica
f) Otras titulaciones oficialmente reconocidas como equivalentes a las anteriores.
g) Certificado de profesionalidad.
Las Entidades beneficiarias solicitarán oferta de empleo al centro Servef correspondiente y seleccionarán a los jóvenes de entre los que le sean remitidos por éste.
Para la contratación se utilizará la modalidad de contrato en prácticas. 
Las contrataciónes deberán tener una duración de 7 meses a jornada completa.


Enlaces

Información para la presentación telemática de solicitudes

Aportación de documentación a un expediente abierto del SERVEF

Ver Orden 7/2017, de 10 de abril (bases reguladoras)

Ver Resolución de 23 de febrero de 2018.

 

Para más información sobre los trámites y requisitos, clic en: GVA.es