En https://www.boe.es/diario_boe/txt.php?id=BOE-A-2017-12207 puede consultarse el texto íntegro de la nueva ley, que recoge diversas mejoras en el régimen normativo de la actividad por cuenta propia.
Las principales cuestiones a destacar son las siguientes:
* Ampliación de la tarifa plana: Desde el 1 de enero de 2018, la tarifa plana de 50 euros tendrá una duración mínima de 12 meses, y cuotas reducidas el segundo año (y hasta el tercer año para autónomos/se menores de 30 años (hombres) o 35 años (mujeres)
* Nueva tarifa plana de 50 euros durante 12 meses para mujeres que se reincorporan al puesto de trabajo después de la maternidad
* Ampliación hasta los 12 años (antes 7 años) de la edad máxima de los menores a cargo para obtener bonificación del 100% de la cuota durante 12 meses si se contrata un trabajador/a
* Bonificación del 100% de la cuota durante descanso por maternidad/paternidad, adopción, acogida o riesgo durante embarazo o lactancia
* Bonificaciones por contratación de familiares
* Reducción del 20% al 10% del recargo por ingresos fuera de plazo para el primer mes
* Devolución de oficio de los posibles excesos de cotizaciones por pluriactividad
* Posibilidad de abonar la cuota fraccionadament, por días trabajados (hasta 3 altas/bajas por año)
* Posibilidad de cambiar la base de cotización hasta 4 veces al año
* Posibilidad de compatibilizar la actividad con el 100% de la pensión de jubilación si se contrata al menos un/a trabajador/a por cuenta ajena
* Modificación de las bases reguladoras de las prestaciones de paternidad/maternidad
* Cambio en el cálculo de la base mínima de los/las autónomos/se societarios/se con menos de 10 trabajadores/as, que pasara a determinarse a la Ley de Presupuestos del Estado
* Consideración del accidente "in itinere" como accidente de trabajo
* Nuevas deducciones IRPF: gastos de suministros y manutención para vivienda habitual afectado parcialmente a actividad económica
* Mejora de los derechos colectivos y formación